miércoles, 30 de junio de 2010

El Dique Florentino Ameghino se sumó al Plan Provincial de Limpieza Urbana

El ministro de Ambiente firmó acta de adhesión con el jefe comunal

El ministro de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable del Chubut, Juan Garitano, suscribió con el jefe comunal del Dique Florentino Ameghino, Antonio Méndez, el acta de adhesión al Plan Provincial de Limpieza Urbana, sumándose de esta manera a la iniciativa que tiene como principal objetivo la minimización del impacto ambiental de los residuos en espacios públicos.

La firma del acuerdo, que contó con la presencia además del subsecretario de Desarrollo Social de la provincia, Federico Verdeau, formó parte de una “Jornada Ambiental” que incluyó una campaña de limpieza con voluntarios en distintos puntos de la comuna rural, la realización de un mural por parte de alumnos del secundario básico y un taller de educación ambiental para los docentes de la escuela nº 56.

En la oportunidad, y después de la firma del acta que se realizó en el salón de usos múltiples de la escuela, el titular de la cartera ambiental explicó los alcances del documento y valoró la posibilidad que “nos da este marco para trabajar en el cuidado de cada uno de nuestros lugares”, señalando que “acá en el Dique tienen un lugar que es muy visitado y todos ustedes tienen que cuidarlo”.

Cabe recordar que el Plan Provincial de Limpieza Urbana, iniciado en octubre de 2009 en diversas ciudades y localidades de la provincia, se sustenta en la legislación existente tanto en el Código Ambiental como la flamante Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos. Las ciudades de Rawson, Trelew y Comodoro Rivadavia como así también las localidades de Trevelin, Sarmiento, Río Mayo, Río Senguer, Paso de Indios y Los Altares, entre otras, han adherido a este plan y llevan adelante diversas acciones a favor del ambiente entre las que se destacan las jornadas de limpieza.

TAREA COMUNITARIA

El ministro Garitano destacó el valor de la participación de los vecinos como voluntarios en las distintas campañas de limpieza y actividades que propone el plan e indicó que “para el cumplimiento del programa, no se suman agentes provinciales sino que se aportan los elementos de seguridad necesarios, mientras que cada municipio dispone dónde se realizarán las actividades y convoca a los vecinos” e insistió en que “hay que activar el voluntariado en una tarea que es comunitaria y que de alguna manera, cuando nuestros barrios y lugares comunes no tienen condiciones de limpieza nos molesta a todos” .

El Plan Provincial de Limpieza Urbana tiene como objetivo fundamental lograr una mayor concientización de la comunidad involucrándose en los temas ambientales en general y la disposición de residuos sólidos urbanos en particular, desplegando acciones de educación ambiental que incluyen charlas informativas, campañas de limpieza y entrega de bolsas de fiselina (para compras) para los voluntarios participantes.

Trelew y Río Mayo: dos asesinatos que quedaron impunes

Un Tribunal integrado por los jueces Jorge Criado Arrieta, Ricardo Raúl Rolón y Alejandro Rosales, resolvió absolver a la pareja integrada por Eva Romero (40) y Ricardo Conchillo (51) acusados como presuntos autores de la muerte y descuartizamiento de un peón rural de Río Mayo.
El pedido de absolución fue realizado por el Ministerio Público Fiscal, al no contar con las pruebas suficientes para reclamar la responsabilidad penal y la prisión perpetua, como era su pretensión. Con ese resultado, el matrimonio consiguió finalmente la libertad y ya no podrá ser juzgado por el mismo delito.
Se debe recordar que el matrimonio fue juzgado por el homicidio del peón rural de Río Mayo, Claudio Choiquepán, quien apareció descuartizado el 1 de febrero de 2009 a la vera del río de ese pueblo.
Con relación a la audiencia de debate se indicó que los testigos que declararon en el juicio, no ratificaron los testimonios ofrecidos al inicio de la investigación, cambiaron sus versiones y dijeron que no recordaban ninguna cuestión con relación al hecho, dejando sin pruebas contundentes a la Fiscalía.
Así las cosas, esta situación permitió beneficiar con la duda al matrimonio acusado. Se debe recordar que al principio de la causa, cuando se efectuaron las detenciones del matrimonio acusado, sus hijos y un vecino, la mujer le dijo a los investigadores que había sido su marido quien mató a Choiquepán, aunque más adelante amplió su declaración asegurándoles que ella no estuvo presente en el hecho y que lo sabía porque se lo contó su marido. En el juicio se reprodujo ese testimonio porque la acusada se negó a declarar. De todas formas no fue suficiente.
La investigación se inició cuando las extremidades y la cabeza del infortunado trabajador rural, aparecieron el 1 de febrero en un medio tambor de 200 litros, a la orilla de río Mayo y fueron unos pescadores quienes descubrieron el macabro hallazgo.
En este contexto, se sostuvo que ya existían rumores sobre los presuntos autores y un testigo afirmó haber escuchado al hijo del imputado atribuirle el hecho a su padre.
Entre las hipótesis sobre el móvil del homicidio, se especuló con la intención del matrimonio de quedarse con la casa que ocupaban, la cual le pertenecía a la víctima y ya les había advertido que tenían que devolvérsela.
En este sentido, se supo que la pareja, acudió al Juzgado de Paz para firmar un documento que les otorgara derechos sobre el inmueble y también a la cooperativa del pueblo para poner los servicios básicos a su nombre, sin embargo nada de ello consiguieron.

El Tribunal absolvió al único imputado

Los jueces Fabio Monti, Ana Laura Servent y Alejandro Defranco dieron a conocer la mañana de ayer el veredicto por el cual dictaminaron la absolución de Juan Olivera, único imputado por el homicidio de José Soto, el comerciante del barrio Inta asesinado de un disparo el 23 de noviembre del año pasado. El tribunal dispuso su inmediata libertad, luego de siete meses de detención.
Los jueces consideraron que fue acreditada con certeza el modo y la materialidad como se produjo la agresión con un arma de fuego contra José Soto. Según el Cuerpo Colegiado el atacante ingresó en dos oportunidades a comprar cerveza, antes de producir el hecho principal. En la tercera ocasión solicitó la presencia de Soto, le recriminó haber tratado mal a su madre y luego le disparó.
Los argumentos

Sin embargo, en cuanto a la autoría del hecho, los jueces manifestaron que la parte acusadora tuvo en cuenta el testimonio de Lencinas, empleado en el comercio y testigo presencial del hecho. Pero los magistrados pusieron en duda la verosimilitud y solidez de sus declaraciones, al indicar en una primera instancia que quien disparó era hijo de Marta, para más adelante, ante indicaciones de otra persona, advertir que no era tal, sino el hijo de Pedro Olivera.
En el veredicto, el Tribunal señaló que a Olivera se lo involucra a partir de llamados anónimos efectuados a dependencias policiales, y llama la atención que Lencinas se presenta luego de esto en sede de la policía, para explicar que se trataba de Olivera y no de López, el hijo de Marta. También pusieron énfasis en el lapso prolongado de tiempo, aproximadamente un minuto, que le llevó contestar la pregunta de fiscalía sobre si tenía dudas que el agresor era el detenido.
En lo que respecta a López, quien había sido detenido por este caso, dijeron que en su domicilio en barrio Constitución se encontraron cuatro camisetas de River, ropa con la que iba vestido quien mató a Soto, según los testimonios, y tuvieron en cuenta un celular peritado con mensajes que daban cuenta de la existencia de un fierro debajo de un colchón.
Ante todo lo dicho los jueces determinaron la absolución de Olivera por el delito de homicidio simple, existiendo el principio constitucional de la duda. La sentencia será leída en forma completa el martes 6 de julio a las 13.

Publicado por: Diario Jornada

martes, 29 de junio de 2010

VECINOS DE SARMIENTO SE REUNEN EN DEFENSA DE LA COOPERATIVA

En el marco del conflicto generado ante la negativa del Departamento Ejecutivo Municipal por la renovación del contrato del servicio de energía eléctrica, aproximadamente 60 vecinos se auto convocaron en el SUM de Coopsar, junto a los representantes del Concejo de Administración, y concejales de los partidos Alternativa Vecinal, Partido Justicialista , Unión Cívica Radical, y el bloque independiente Verdad y Compromiso.
En este contexto, se debe recordar que en la ultima sesión del Concejo Deliberante se resolvió acordar una prorroga de seis meses para discutir nuevamente el convenio, al mismo tiempo que se conoció la propuesta del Ejecutivo Municipal de consesionar el servicio a una Sociedad Anónima.
En la oportunidad, los Consejeros plantearon que la posición de la Cooperativa era la de no confrontar, ni contestar los agravios expresados por el Intendente local, en la inauguración de sesiones del Concejo Deliberante, el acto por el aniversario de la ciudad y en los medios de comunicación locales.
Asimismo, indicaron que el próximo jueves a las 20 horas convocaron a todos los socios a una reunión informativa en la cual darán a conocer el estado de cuenta actualizado y una charla informativa sobre las inversiones y planes realizados en el Servicio de energía eléctrica.
Por su parte los vecinos, expresaron su total apoyo a la continuidad del servicio en manos de Coopsar, destacando su historia y los servicios creados a lo largo de 60 años, en búsqueda del bien común.
En tanto, la concejal Miriam Jerez del partido Alternativa Vecinal, propuso crear un camino de dialogo, mediante de reuniones programadas entre los integrantes del Consejo de Administración, el Honorable Concejo Deliberante y el Ejecutivo Municipal.
Finalmente se resolvió intensificar la convocatoria para todos los vecinos, el próximo jueves 01 de julio a las 20 horas en el Salón de Usos Múltiples de la Cooperativa, ubicado en calle Roca entre Patagonia y Avenida ingeniero Coronel.

ABSOLVIERON A LA PAREJA ACUSADA POR EL HOMICIDO DEL PEON RURAL EN RIO MAYO

El Tribunal integrado por los jueces : Jorge Criado Arrieta, Ricardo Raúl Rolón y Alejandro Rosales, resolvió absolver a la pareja integrada por Eva Romero (40) y Ricardo Conchillo (51) acusados como presuntos autores del delito de homicidio simple.
El pedido de absolución fue realizado por el Ministerio Publico Fiscal, al no contar con las pruebas suficientes para reclamar la responsabilidad penal y la prisión perpetua, como era su pretensión. Con ese resultado, el matrimonio consiguió finalmente la libertad y ya no podrá ser juzgado por el mismo delito.
Se debe recordar que el matrimonio fue juzgado por el homicidio del peón rural de Río Mayo, Claudio Choiquepán, quien apareció descuartizado el 1 de febrero de 2009 a la vera del río del pueblo.
Con relación a la audiencia de debate se indico que los testigos que declararon en el juicio, no ratificaron los testimonios ofrecidos al inicio de la investigación, cambiaron sus versiones y dijeron que no recordaban ninguna cuestión con relación al hecho, dejando sin pruebas contundentes a la Fiscalía.
Así las cosas, esta situación permitió beneficiar con la duda al matrimonio acusado.
Se debe recordar que al principio de la causa, cuando se efectuaron las detenciones del matrimonio acusado, sus hijos y un vecino, la mujer le dijo a los investigadores que había sido su marido quien mató a Choiquepán, aunque más adelante amplió su declaración asegurándoles que ella no estuvo presente en el hecho y que lo sabía porque se lo contó su marido. En el juicio se reprodujo ese testimonio porque la acusada se negó a declarar. De todas formas no fue suficiente.
EL HECHO.
La investigación se inicio cuando las extremidades y la cabeza del infortunado trabajador rural, aparecieron el 1 de febrero en un medio tambor de 200 litros, a la orilla de río Mayo y fueron unos pescadores quienes descubrieron el macabro hallazgo.
En este contexto, se indico que ya existían rumores sobre los presuntos autores y un testigo afirmó haber escuchado al hijo del imputado atribuirle el hecho a su padre.
Entre las hipótesis sobre el móvil del homicidio, se indico la intención del matrimonio de quedarse con la casa que ocupaban, la cual le pertenecía a la víctima y ya les había advertido que tenían que devolvérsela.
En este sentido, se supo que la pareja, acudió al Juzgado de Paz para firmar un documento que les otorgara derechos sobre el inmueble y también a la cooperativa del pueblo para poner los servicios básicos a su nombre, sin embargo nada de ello consiguieron.

lunes, 28 de junio de 2010

El Viejo Covadonga, Río Mayo y Facundo se consolidan en la punta de la tabla

LOS EQUIPOS DE RIO MAYO Y FACUNDO LIDERAN LA LIGA ZONAL


El domingo 13 de junio se jugó la Séptima y última fecha de la Primera Rueda del Torneo Clausura de Fútbol 2010 de la Liga Zonal Independiente de Fútbol “Integración de los Pueblos”, COPA CHALLENGER “DIARIO DEL CORREDOR”; organizada y coordinada por la Dirección de Deportes de Sarmiento.

VIEJO COVADONGA (Río Mayo).

Conformación del Equipo: Fabián Hassanie, Doval Cristian, Alejandro Hassanie, Franco Alan, Gonzalo Avellaneda, Carlos Correa, David Moreira, Gabriel Quinteros, Gastón Delfino, Orlando Peña Roberto Cabañas. DT: Mariano Moreira.

Goles: Goles de David Moreira, Roberto cabañas, Carlos Seleski y Luciano Delfino.

Cambios: Luciano Delfino X Gastón Delfino y Carlos Seleski X Carlos Correa.

Tarjetas Amarillas: NO
Tarjetas Rojas:
Roberto Cabañas.

Con tres partidos pendientes por disputarse (Loma Negra (Sto) Vs. Atlético (Río Senguer); Loma Negra Vs. Barrio Buzzo (Sto) y Loma Negra Vs. Chacarita (Gobernador Costa), el 13 de junio del corriente año finalizó la Primera Rueda del certamen regional de Fútbol; con un nuevo formato para la definición final; recordemos que en reunión se determinó que el que finalice las 14 fechas previstas en primer lugar, deberá esperar al ganador de la Liguilla que será disputada por los cuatro mejores clasificados, o sea segundo, tercero, cuarto y quinto. Jugados esos cruces saldrá el que disputará el titulo con el primero de las 14 fechas.

CLUB SOCIAL DEPORTIVO RIO MAYO (Río Mayo).

Conformación del Equipo: Sergio Zarza, Heraldo Sánchez, Leonardo Ramírez, Gustavo Sánchez, Víctor Arguello, Cesar Martín, Paúl Lorenzo, Manuel Reyes, Alexis Lorenzo, Javier Muñoz, Diego Llanquin y Bruno Barrera. DT: Dupla “Los Magos” Cristian Brizuela y Juan González.

Goles: 3 Goles de Manuel reyes, 3 de Javier Muñoz, 2 de Alexis Lorenzo, 1 de Diego Llanquihuen y 1 de Cesar Martín
Cambios
: NO.
Tarjetas Amarillas:
Paúl Lorenzo y Javier Muñoz
Tarjetas Rojas:
No.

El torneo estará dando comienzo con los partidos de vuelta, mediados de septiembre.
Los resultados arrojados en la séptima fecha son los siguientes:
En Sarmiento, El Barrio Buzzo gano puntos ante Arsenal del Sur por no presentación de este ultimo.
En Río Mayo El Viejo Covadonga derrotó por 4 a 3 a el Club Facundo, en un partido disputadísimo donde cualquiera podía haberse quedado con los puntos en juego, en este caso fue para el local El Viejo Covadonga que inicia el receso en la primera ubicación del torneo.
En Río senguer el otro equipo de Río Mayo, en este caso el Club Social y Deportivo Río Mayo, en un muy buen partido derrotó al Atlético en su condición de visitante 5 a 3, con este resultado se afianza en la segunda posición, cerca del Viejo Covadonga.
En el otro partido que se debía jugar en Sarmiento, donde Loma Negra recibía a Chacarita de Gobernador Costa, lamentablemente el equipo de Chacarita no pudo viajar y el encuentro quedo postergado para antes de finalizar el receso, seguramente los encuentros suspendidos estarán jugados antes de iniciar la segunda rueda.

CLUB FACUNDO (Facundo).


Conformación del Equipo: José Olivar, Mario Acuña, Raúl Leufuman, Guillermo Huenchuman, Miguel Cabezas, Néstor Fernández, Ariel Nahuel, Martín Huenchuman, Miguel Medina, Sebastián Acuña y Fermín Vázquez.

DT: Miguel cabezas.

Goles: Adolfo Mongilardi, Arnaldo Mongilardi y Jorge Huenchuman.

Cambios: NO

Tarjetas Amarillas: NO


Tarjetas Rojas: Tarjetas Rojas José Olivar, Fermín Vásquez y Marcos Rodríguez.

La Primera Fecha de la Segunda Rueda del Torneo tiene esta programación:



En RIO MAYO: VIEJO COVADONGA (Río Mayo) Vs. ARSENAL DEL SUR (Sarmiento).

En ALTO RIO SENGUER: ATLETICO RIO SENGUER Vs. LOMA NEGRA (Sarmiento)
En GOBERNADOR COSTA:
CHACARITA (Gob. Costa) Vs. CLUB FACUNDO (Facundo).

En SARMIENTO: BARRIO BUZZO (Sarmiento) Vs. CLUB RIO MAYO

Absolvieron al matrimonio acusado de descuartizar a un hombre en Río Mayo

FUE A PEDIDO DEL FISCAL PORQUE LOS TESTIGOS NO RATIFICARON SUS DICHOS Y LO DEJARON SIN ELEMENTOS PROBATORIOS.

El matrimonio que fue juzgado por el homicidio del peón rural de Río Mayo, Claudio Choiquepán, quien apareció descuartizado el 1 de febrero de 2009 a la vera del río del pueblo, fue absuelto a instancia del propio fiscal que investigó el caso. Los testigos que declararon en el juicio no ratificaron los testimonios ofrecidos al inicio de la investigación y lo dejaron sin pruebas. La Fiscalía pretendía condenarlos a prisión perpetua y ante ese sorpresivo revés durante el debate, debió pedir la absolución.

Tal como lo adelantó Diario Patagónico en forma exclusiva, el éxito de la causa estaba en peligro a partir de la sorprendente amnesia que presentaron los testigos al momento de declarar en el juicio por el homicidio de Claudio Choiquepán. Es que ninguno recordó nada ante el tribunal, de lo que habían atestiguado en la etapa de investigación. Incluso, haber sido entrevistados por el propio fiscal general Raúl Coronel. Ello no hizo otra cosa que beneficiar con la duda al matrimonio acusado.

El juicio se desarrolló entre el miércoles y el viernes en Río Mayo. Durante el viernes se efectuaron los alegatos y el Ministerio Público Fiscal debió instar la absolución, a partir del revés que sorpresivamente le dieron los testigos que ofreció para el debate.

“Nos quedamos sin pruebas”, se lamentó Coronel y explicó que los testigos que entrevistó durante la etapa de investigación, cuyos relatos lo condujeron al matrimonio que fue acusado, cambiaron la versión durante el debate y dijeron que no se acordaban.

Al principio de la causa, cuando se efectuaron las detenciones del matrimonio acusado -Eva Romero (40) y Ricardo Conchillo (50)-, sus hijos y un vecino, la mujer le dijo a los investigadores que había sido su marido quien mató a Choiquepán, aunque más adelante amplió su declaración asegurándoles que ella no estuvo presente en el hecho y que lo sabía porque se lo contó su marido. En el juicio se reprodujo ese testimonio porque la acusada se negó a declarar. De todas formas no fue suficiente.

EL PERRO

La aparición del perro de la víctima en la casa de un amigo fue el dato inicial que llevó a los investigadores a poder identificar al cuerpo.

Se debe recordar que las extremidades y la cabeza aparecieron el 1 de febrero en un medio tambor de 200 litros, a la orilla de río Mayo y fueron unos pescadores quienes descubrieron el macabro hallazgo. Pero al principio no se sabía a quién le correspondían esas partes, incluso apareció un hombre que reconoció el cadáver como el de su hermano y cuando lo estaban velando el supuesto muerto lo llamó por teléfono contándole que estaba en Las Heras. Ahí casi se muere el deudo.

Más allá de ese dato anecdótico, pasaron casi dos semanas hasta que se logró identificarlo como Claudio Choiquepán. Fue luego de cotejar las huellas dactilares, sobre la base de la sospecha del amigo a cuya propiedad llegó el perro del por esos días desaparecido.

Para entonces ya existían rumores sobre los presuntos autores y un testigo afirmó haber escuchado al hijo del imputado atribuirle el hecho a su padre. Ese y otros datos que recabaron los investigadores permitió llegar a la familia de Eva Romero y Ricardo Conchillo, quienes al principio estuvieron presos junto a sus hijos y un vecino, aunque estos últimos después fueron desvinculados.

En busca de evidencia se allanó la casa que ocupaba el matrimonio, la cual le pertenecía a la víctima y ya les había advertido que tenían que devolvérsela, auque ellos no habrían tenido la intención de hacerlo porque habrían pretendido quedársela. Incluso, según la investigación, acudieron al Juzgado de Paz para firmar un documento que les otorgara derechos sobre el inmueble y también a la cooperativa del pueblo para poner los servicios básicos a su nombre, sin embargo nada de ello consiguieron.

En los allanamientos se secuestraron varios elementos y se levantaron rastros de manchas hemáticas, en las cuales se mezclaba sangre de la mujer y de la víctima, pero ellas podían ser de larga data, teniendo en cuenta que todos convivían bajo el mismo techo.

En conclusión, las pruebas colectadas y los testimonios que se reprodujeron antes los jueces: Jorge Criado Arrieta, Ricardo Raúl Rolón y Alejandro Rosales, no fueron suficientes para reclamar la responsabilidad penal y la prisión perpetua, como lo pretendía la Fiscalía y en consecuencia fue que se instó la absolución, la cual fue compartida por los defensores Juan Maidana (de Eva Romero) y Tomás Maleaba (de Ricardo Conchillo). Con ese resultado, el matrimonio consiguió finalmente la libertad y ya no podrá ser juzgado por el mismo delito.

Publicado por: Diario El Patagónico. Fotos. Rio Mayo 1935.

Nota Relacionada: http://riomayo1935.blogspot.com/2009/02/asesinado-descuartizado-e-incinerado.html

domingo, 27 de junio de 2010

Visita del director provincial de museos

El día viernes 18 de junio visitó nuestra localidad el Director de museos y archivo histórico de la Secretaría de Cultura de la provincia.

El Museólogo Leandro Loupias, director de la cartera provincial, sintetizo que su visita estuvo destinada a conocer la localidad e interiorizarse del estado del edificio donde funcionaba nuestro museo. Además evaluaron que en la actualidad está cerrado por el deterioro del mismo, siendo imposible habilitarlo como espacio destinado a la exhibición de todo el material con el que cuenta el museo sumado a esto los textiles que fueron encontrados en el Alero Mazquiarán, únicos en su tipo y en la zona.

Asimismo después de tomar fotos y mantener una charla con el Director Provincial, la Directora de Cultura local, Patricia Lucero hizo entrega del Proyecto del nuevo edificio del museo.

Cabe consignar que el mencionado proyecto cuenta con el aporte de los especialistas del área y contempla los sistemas de iluminación y calefacción adecuados a las exigencia de estandarización que preveen los edificios que resguardan patrimonio cultural.

También quedo planteada la idea del rescate histórico del edificio donde funcionaba la primera Escuela de Río Mayo, transformando la misma en una sala temática con fotos, relatos, gigantografías, y otros aportes, siendo esto un proyecto a concretar a corto plazo. Según se informó desde la dirección de cultura local.

Río Mayo participa del seminario de museológica y patrimonio.

La misma se realiza los días 28 y 29 de junio en la ciudad de Puerto Madryn.

Estas dos jornada cuenta con el auspició de la Secretaria de cultura de la provincia y es desarrollada a través de la Dirección de Museos y Archivo Histórico, dependiente de la Dirección General de Gestión, Investigación y Patrimonio Cultural, junto a la Subsecretaria de Cultura de la ciudad de Puerto Madryn.

La convocatoria esta destinada a trabajadores de museos y centros culturales, personal del área de patrimonio, cultura y turismo, guías de turismo, personal a cargo de sitios patrimoniales, como parques nacionales o centros de interpretación, a participar del Seminario de Museología y Patrimonio “Herramientas para trabajar en museos”.

Esta actividad forma parte del “Programa de Fortalecimiento de Museos”, aprobado por resolución de la Secretaría de Cultura de la provincia, a través del cual se busca fortalecer técnica y financieramente las iniciativas museológicas de las diferentes regiones del Chubut, contribuyendo al rescate, defensa, promoción y democratización del patrimonio cultural de los museos; promoviendo la capacitación del recurso humano de los museos de la provincia, incentivando el trabajo en Redes Comarcales de museos, potenciando el recurso humano y técnico, y propiciando el desarrollo de proyectos museológicos con vistas al mejoramiento de las instituciones museísticas.

INTENSIVAS JORNADAS DE TRABAJO

La museóloga Patricia Elsa Ceci será la encargada de llevar adelante este Seminario que constará de dos jornadas de trabajo intensivas, en las que se abordarán los conceptos referentes a las Bases de un museo: qué es un museo; cuál fue el origen de los museos en el mundo y nuestro país; reconocer que es la museología, la museografía y la museonomía; nociones someras de estudios de público; conciencia acerca del concepto de patrimonio tipos de patrimonio y su relación con la sociedad; reconocimiento del patrimonio integral; herramientas para el inventario, fichado, fotografía, medición y marcaje del patrimonio de acuerdo a las normas de seguridad nacionales e internacionales.

jueves, 24 de junio de 2010

ALDEA BELEIRO: INVESTIGAN DENUNCIA POR ABUSO SEXUAL

El Ministerio Publico Fiscal investiga una denuncia por un caso de presunto abuso sexual registrado en la localidad de Aldea Beleiro. Asimismo una persona fue detenida, imputada en el hecho y se resolvió que permanezca con prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar.

En este contexto, se informo que los hechos a investigar son los ocurridos el día 18 de Junio, a las 05:00 horas aproximadamente, en la localidad de Aldea Beleiro, en circunstancias en que la víctima se encontraba durmiendo, cuando el imputado la habría despertado al golpear la puerta trasera de la vivienda manifestándole que quería un lugar para dormir. Por su parte, la mujer le habría indicado que se retirara del lugar porque su casa no era un albergue.

Luego de unos diez minutos de silencio, la denunciante indico que observo encenderse la luz del living, por lo que se levanto de su cama y se enconto con el imputado en el living, quien le habría expresado “…te vengo a matar hija de puta, porque no me quisiste dar la leche del mes pasado, y vos sabes que somos pobres y no podemos comprarla”.

En este sentido se sostuvo, que el imputado se habría abalanzado sobre la mujer tomándola del cuello con las dos manos, pero la víctima logro quitarse de encima el cuerpo del agresor.

Ante esta actitud el depravado, se puso aun mas violento, tomando de los pelos a la mujer, empujándola hasta la cama y colocándole la rodilla derecha sobre el pecho, la habría amenazado diciéndole “…te voy a matar hija de puta, te voy a prender fuego……Yo vine a matarte, pero no te voy a matar....., pero si no queres morir tenes que hacer todo lo que yo te diga…”.

La secuencia continuo cuando el atacante obligo a la mujer a acostarse en la cama, para luego bajarse los pantalones y los calzoncillos, sacarle a tirones los pantalones y bombacha de la victima, y abusar sexualmente en tres oportunidades.

Finalmente el imputado se retiro de la vivienda y la victima corrió a pedir auxilio

PRISION PREVENTIVA

En la audiencia de control de detención, la Fiscal Jefe Dra. Andrea Vázquez solicito al Juez Dr. Daniel Pérez el plazo de seis meses de investigación, la extracción de muestras de sangre al imputado y el dictado de la prisión preventiva fundamentado en la posibilidad del peligro de fuga.

Finalmente el magistrado resolvió tener por formalizada la investigación preparatoria de juicio contra el imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal, otorgar el plazo de investigación pedido por la Fiscal y dispuso la prisión preventiva para el detenido hasta la audiencia preliminar.

Rubén Fri no podrá ejercer cargos públicos de por vida

EL EX INTENDENTE DE RIO MAYO FUE CONDENADO A LA PENA DE DOS AÑOS Y MEDIO DE PRISION EN SUSPENSO

El ex intendente de Río Mayo fue condenado por el delito de peculado a la pena de dos años y medio de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua, por lo que nunca más podrá ejercer un cargo público. El fallo se conoció ayer y en el mismo también se absolvió a Domingo Sola, ex secretario de Gobierno del condenado, quien también fue sometido a juicio por sustracción de caudales públicos e incumplimientos de los deberes de funcionario.

Rubén Fri no tuvo un paso feliz por la intendencia de Río Mayo.

El juez de Sarmiento, Daniel Camilo Pérez, dio a conocer ayer el fallo completo de la sentencia con la cual condenó a ex intendente de Río Mayo, Rubén Fri, a la pena de dos años y medio de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para el ejercer cargos públicos. En la parte resolutiva también absolvió de culpa y cargo al ex secretario de Gobierno de esa Municipalidad, Domingo Sola, quien resultó coimputado en la misma causa.

El juicio que contó con la cobertura de Diario Patagónico, se llevó a cabo en el Concejo Deliberante de Río Mayo durante cinco días de la primera y tercera semanas de junio, y ayer se conoció el veredicto final. Ante el juez Pérez prestaron declaración 13 testigos. La Fiscalía estuvo representada por la fiscal jefe de la circunscripción judicial de Sarmiento, Andrea Vázquez, mientras que la defensa fue ejercida por la abogada particular Lilian Bórquez, en el caso de Fri y del defensor público Juan Alberto Maidana, en el caso de Sola.

MAS DE 23 MIL PESOS PERDIO EL MUNICIPIO

Hay que recordar que la Fiscalía dio por acreditado en el juicio la sustracción de 23.250 de la Municipalidad de Río Mayo por parte de Rubén Carlos Fri, destinándolo a incrementar unilateralmente sus haberes y estableciendo una suma de 1.500 pesos bajo el concepto de dedicación funcional -concepto no contemplado en el presupuesto anual- y lo hizo a través de la resolución 40/08, fuera de sus atribuciones legales y los del secretario de Gobierno, Domingo Tomás Angel Sola, en la suma de 700 y de 1.250 pesos, a través de la resolución municipal 41/08, también fuera de sus atribuciones legales.

Esas resoluciones fueron dictadas en la misma fecha, estableciendo un concepto no contemplado en el presupuesto anual por adicional remunerativo y dedicación funcional, hechos que se verifican desde enero a setiembre de 2008, respecto de Fri y desde enero a mayo de 2008 respecto de Sola. Esos importes fueron percibidos por los imputados en forma mensual y consecutivamente junto con los pagos de salarios que efectúa el municipio. Al respecto se detalló que el monto de la sustracción respecto de Sola fue de 9.750 pesos y con relación a Fri fue de 13.500 pesos.

En su oportunidad la parte acusadora sostuvo que Rubén Fri incrementó sus haberes incumpliendo el procedimiento que marca la Ley de Corporaciones Municipales y los de Domingo Sola mediante resoluciones dictadas por él, sin dar cumplimiento a las disposiciones y leyes vigentes al no enviarlas al Concejo Deliberante para su tratamiento y en su caso para su aprobación, tal como lo dispone la Ley 3098.

Debe recordarse que en los alegatos la Fiscalía solicitó una pena de 4 años de prisión para Fri, más inhabilitación absoluta perpetua por los delitos de sustracción de caudales públicos --en dos hechos-- en concurso real con el de incumplimiento de los deberes de funcionario público. En tanto para Sola pidió la pena de un año de prisión en suspenso, más inhabilitación especial por el doble tiempo para ejercer cargos públicos. Ello, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.


ARGUMENTOS

“La norma aplicable entonces regula que es el Concejo Deliberante el que establece los sueldos y los gastos de representación del intendente y en el caso el intendente Fri incumplió o violó dolosamente el procedimiento, desde que en vez de requerir que se dicte la ordenanza respectiva para empezar a percibir dicho adicional, acortó camino y efectuó el procedimiento inverso, ya que dictó la resolución 40/08 y luego, a los 4 o 5 meses, pidió al Concejo la norma legislativa de aprobación. Y el mismo Fri reconoció que así fue y que cuando se dio cuenta que el Concejo lo había ‘dejado afuera’ según sus términos, no lo percibió más. Se trata de un hecho reconocido y que no admite más comentarios”, sostuvo en su fallo el juez Pérez.

Por último, el magistrado destacó: “debe también tenerse presente que si bien los imputados reconocen estos hechos, también refirieron que fueron maniobras políticas, ya que el tema estaba hablado y que terminaron en cierta forma traicionados por la actitud del Concejo. Pero eso es un tema que no puede obviamente tener implicancia en el procedimiento que debió y debe llevarse adelante por el órgano Ejecutivo de un municipio”.

Publicado por: Diario El Patagonico.

No quiso declarar el matrimonio acusado de descuartizar al peón

AYER COMPARECIERON LOS PRIMEROS TESTIGOS DE UN TOTAL DE 21 EN EL JUICIO POR EL CRIMEN OCURRIDO EN RIO MAYO

La primera jornada de juicio por el homicidio del peón rural Claudio Florentino Choiquepán, quien apareció descuartizado a la vera del río Mayo el 1 de febrero de 2009, se inició ayer en el sala de audiencias del Concejo Deliberante de Río Mayo, con la declaración de los primeros testigos.

En total serán 21 declaraciones las que se tomarán hasta mañana. El matrimonio acusado no declaró. La Fiscalía pretende para ambos una condena de prisión perpetua.

El debate comenzó a media mañana y se extendió durante gran parte de la tarde de ayer, con un cuarto intermedio que extendió la primera jornada. Las partes hicieron sus respectivas presentaciones del caso y se tomaron los primeros testimonios, los cuales se extenderán hasta mañana porque son 21 los testigos que harán su aporte en el juicio oral y público que se sigue contra Ricardo Conchillo (51) y Eva Romero (40).

Ese matrimonio está acusado de la autoría del homicidio y a ellos también se le atribuye haber descuartizado a la víctima y quemar sus restos para luego ser arrojados a las aguas del río Mayo, con el fin de hacer desaparecer las evidencias.

Choiquepán fue asesinado entre el 27 de enero y 1 de febrero de 2009. La víctima recibió fuertes golpes en la cabeza que le causaron fracturas óseas y pérdida de masa encefálica. Luego cortaron sus extremidades y las quemaron en un tambor, el cual fue hallado por pescadores a la vera de río pero sin el tronco. Allí estaban las piernas, los brazos y la cabeza.

QUERIAN SU CASA

Para la Fiscalía, el asesinato de Choiquepán está relacionado con una golpiza que la víctima recibió el 7 de noviembre de 2008, oportunidad en la que Conchillo junto con otras personas que no fueron identificadas, lo agredieron para evitar que la víctima le reclamara la vivienda que era de su propiedad y que desde hacía un tiempo estaba ocupada por el matrimonio que ahora se encuentra siendo juzgado.

La propia víctima le había hecho saber a la policía la sospecha que tenía y también a sus allegados poco antes del macabro desenlace. Incluso el 27 de enero de 2009 Conchillo y Eva Romero concurrieron junto a la víctima al Juzgado de Paz de la localidad con la intención de documentar la posesión de la vivienda que ocupaban.

De todas formas, Choiquepán se limitó a expresar que sólo les prestaría la casa por tres meses y en mayo de 2009 se la debía devolver. Esa postura generó un clima tenso y la propia Eva Romero le recriminó que eso no era lo que habían acordado, luego de los cual se fueron del Juzgado y desde entonces no se volvió a ver a la víctima.

También se supo con la investigación que el imputado concurrió a la Cooperativa de Río Mayo para cambiar la titularidad de los servicios, trámite que finalmente no pudo concretar.

Se debe recordar además que al principio de la causa fueron imputados, junto a los ahora enjuiciados, Gilberto Romero (19), Daniel García (30) y Daniel Romero (18), para quienes el fiscal Raúl Coronel solicitó el sobreseimiento a mediados de diciembre del año pasado, ante las escasas evidencias para sostener los cargos contra ellos.

De todas maneras, Eva Romero y Ricardo Conchillo, fueron acusados como autores de homicidio agravado por haber sido cometido para consumar y asegurar otro delito en carácter de coautores. Para ellos la Fiscalía pretende arribar a una condena de prisión perpetua.

Publicado por: Diario El Patagónico.

miércoles, 23 de junio de 2010

COMENZO EL JUICIO POR EL ASESINATO Y DESCUARTIZAMIENTO DE CHOIQUEPAN

En el salón del Honorable Concejo Deliberante, esta mañana tuvo lugar la primera audiencia en el marco del juicio oral y publico contra Ricardo Conchillo y Eva Romero, acusados de ser los autores del asesinato y descuartizamiento de Claudio Choiquepan.


El tribunal conformado por los jueces Alejandro Rosales de Sarmiento y los magistrados de la circunscripción de Esquel Ricardo Rolón y Jorge Criado dieron comienzo esta mañana a la audiencia.


Para el debate de la misma, la Fiscalía en representación del Dr. Raúl Coronel presentara 21 medios de prueba testimoniales y 29 instrumentales y solicitara que se les imponga a los imputados la pena de Prisión Perpetua.


En tanto que los defensores de Ricardo Conchillo y Eva Romero, el Dr. Tomas Malerba y el Dr. Juan Maidana intentaran demostrar la inocencia de los imputados.


LOS HECHOS

De acuerdo a la investigación de Fiscalia los hechos que se le atribuyen a los acusados son los registrados entre los días 27 de enero y 01 de febrero del año 2009, ocasión en que los imputados dieron muerte a Claudio Florentino Choiquepan, aplicándole fuertes golpes en la zona craneana, los que ocasionaron fracturas óseas, perdida de la masa encefálica y su fallecimiento.


Según los investigadores, posteriormente los acusados habrían seccionado el cuerpo e intentaron hacer desaparece los restos quemándolos.


En este sentido, sostiene que al no lograr el objetivo arrojaron las partes separadas del cuerpo, afectadas parcialmente por el fuego, dentro de un tambor de 200 litros, al río Mayo, en las proximidades del puente que se encuentra a la entrada de la localidad viniendo desde Sarmiento, donde ocasionales pescadores encontraron los restos de la victima en las orillas del río y dieron aviso a la policía.


Para la Fiscalia el ataque del que resulto victima Choiquepan, tendría como antecedete una golpiza que le propinaron el día 07 de noviembre del año 2008, el imputado Conchillo junto otras personas que no fueron identificadas, quienes con tal golpiza pretendían evitar que la victima le reclamara a la pareja acusada, la vivienda que era propiedad del fallecido y que desde hacia un tiempo era ocupada por los acusados.


Esta situación habría generado en Choiquepan la sospecha de que procuraban quedarse definitivamente con la casa y así lo habría hecho saber a la policía y a sus allegados.


Con la intención de corroborar la sospecha de la victima, se destaca que el día 27 de enero de este año, aproximadamente a las 12:30, Conchillo y su pareja Eva Romero concurrieron junto a la victima al juzgado de Paz de Río Mayo, con la aparente intención de realizar algún tipo de contrato respecto de la vivienda ocupada.


Asimismo se supo que Ricardo Conchillo ya había concurrido a la Cooperativa local para producir el cambio de la titularidad de los servicios, tramite que finalmente no lograron concretar.


En tanto, se indico que en el juzgado de Paz, la victima habría puesto de manifestado que les prestaría la casa por tres meses a la pareja imputada y que en el mes de mayo deberían devolverle su vivienda.


Para la Fiscalia esta situación habría ofuscado a Eva Romero quien le habría reclamado a la victima que esa propuesta no era la que habían acordado previamente, generándose entonces un intercambio de palabras y aproximadamente a las 12:50 horas los tres se retiraron del Juzgado. Desde ese entonces Claudio Florentino Choiquepan no fue visto mas, por ninguna persona, hasta que aparecieron parte de sus restos en el río Mayo, el día 01 de febrero de 2009.


El ISSyS ganará 89 millones por su intervención en el fideicomiso para el Gasoducto Patagónico

El Gobierno brindó un pormenorizado informe referido al fideicomiso que permitió el financiamiento de la obra para proveer de gas a localidades a lo largo de más de 600 km.

El ministro de Coordinación de Gabinete, Pablo Korn, estimó en casi 89 millones de pesos la ganancia que obtendrá el Instituto de Seguridad Social y Seguros por su intervención en el fideicomiso conformado para la construcción del Gasoducto Patagónico, una obra que desde hace tres años beneficia a más de 85.000 chubutenses de la franja oeste de la provincia, tras décadas de espera de ese servicio esencial.

Durante un acto que encabezó el gobernador Mario Das Neves, Korn reseñó los orígenes y evolución de esa iniciativa financiera destacando que “la inversión realizada por el Instituto asegura repagos y elimina riesgos” e informó que a partir de esta semana el ISSyS percibirá los primeros 15 millones de pesos en concepto de intereses correspondientes al período 2007-2010. “En esta semana lo que se está pagando son alrededor de 15 millones de pesos al Instituto que vienen a hacer los intereses devengados del 2007 a la fecha por estos Valores Representativos de Deuda (VRD) en posesión del ISSyS”, afirmó el ministro.

UTILIDAD POSITIVA

“A lo largo de todo el período de la vida del fideicomiso, el Instituto de Seguridad Social tendrá ingresos por un monto total de 239.485.845 pesos, a valor nominal y a valor actual”, dijo Korn y planteó que “descontado con una tasa, representa un costo de oportunidad altamente positivo”, que se traduce al final en “una ganancia o utilidad de casi 89 millones de pesos que tendrá el Instituto por su inversión en el gasoducto de 150 millones”.

La presentación efectuada este miércoles en el Salón de los Constituyentes de 1957 de la Casa de Gobierno apuntó de difundir el inicio durante esta semana de los métodos de repago de “una obra trascendental para la Provincia del Chubut como es el gasoducto patagónico”, dijo Korn.

“Estos métodos comienzan a devolver, principalmente al Instituto de Seguridad Social y Seguros, sus Valores Representativos de Deuda (VRD), que fue la inversión que realizó la caja previsional de la provincia, cerrando el círculo de esta importante obra”, añadió.

Korn planteó al respecto “dos cuestiones centrales” vinculadas, por un lado, con las razones que llevaron a la construcción del gasoducto, “no como una obra pública tradicional sino como un fideicomiso”, y, por el otro, con el camino adoptado por el Instituto de Seguridad Social durante la gestión del gobernador Mario Das Neves “ha cambiado su forma de invertir”.

GARANTIA

La exposición de Korn se complementó con otra del presidente del Instituto de Seguridad Social y Seguros, Máximo Pérez Catán, quien destacó “la decisión política” del gobernador Mario Das Neves de invertir la recaudación de los aportes previsionales, personales y patronales, considerándola “la única forma” de garantizar la continuidad del pago del 82 % móvil con actualización directa que caracteriza a la Provincia del Chubut como “único distrito en el país”.

Al acto desarrollado pasadas las 10 horas, asistieron también el ministro de Economía y Crédito Público, Víctor Cisterna, que acompañó al gobernador, Korn y Pérez Catán en el estrado principal; secretarios y subsecretarios del gabinete provincial, legisladores, intendentes municipales y otros funcionarios.

BENEFICIOS

El contrato de fideicomiso se celebró en febrero de 2005 y permitió dotar de gas natural a través de un ramal principal y otros secundarios de 618 kilómetros y una capacidad de trasporte diario de 1.200.000 metros cúbicos, a más de 21.250 familias de las localidades de Tecka, Gobernador Costa, José de San Martín, Corcovado, Río Pico, Río Mayo y Río Senguer.

Korn enumeró los participantes del fideicomiso, describió la operación y el marco contractual con las sucesivas ‘addendas’ y detalló los costos de la obra. A continuación se refirió a las fuentes de financiamiento con sus términos y condiciones y a los medios y garantías de repago contemplados.

UN GRAN DIA

El presidente del Instituto de Seguridad Social y Seguros, Máximo Pérez Catán, dijo inicialmente que “este es un gran día” y expresó su convicción de que “permite que empiecen a despejarse algunas dudas, que nosotros nunca tuvimos, pero que maliciosamente circularon respecto de la responsabilidad del gobierno en la administración de los fondos públicos y de nuestro organismo en la participación en inversiones”.

El funcionario recordó el momento de su asunción en ese cargo y su encuentro entonces con el primer vocal del ente previsional, comisario José Macías, al momento de constituirse el directorio inicial a fines de la década del 50. Ese encuentro permitió saber que “una de las primeras ideas que tuvo el gobierno del doctor Jorge Galina fue empezar a invertir la recaudación de las jubilaciones en forestaciones”, dijo Pérez Catán.

“Nunca hubo tal vez suficiente coraje para llevarla adelante”, continuó, alertando acerca de las beneficiosas consecuencias que se hubieran logrado hoy “si se hubieran invertido los aportes jubilatorios de los últimos cincuenta años”.

CORAJE POLÍTICO

El titular del ISSyS estimó que ese comentario “permite reflejar la visión y el coraje políticos de poner el dinero de los chubutenses al servicio de los chubutenses” y, respecto del último fideicomiso, lo consideró “una inversión de la contribución patronal y el aporte personal de los trabajadores del Estado para posibilitarles el acceso al gas natural a otros chubutenses”.

Destacó la provisión de gas natural del Chubut al resto del país durante más de cincuenta años “sin mirar a nuestros propios comprovincianos, a todos nosotros, a quienes producimos la riqueza” y puntualizó que por ello “está plenamente justificado que el Instituto haya corrido el riesgo de invertir en este gasoducto para hacerlo posible”.

Pérez Catán defendió “la decisión política” de encarar el fideicomiso para financiar esa obra y “terminar con la ignominia de que el dinero que el Estado le tiene que aportar al Instituto queda en deudas no reconocidas con interés cero. Acá tenemos una inversión, que además de garantizarla el Estado, es de una ingeniería financiera que, claramente, demuestra, cómo es el modo y el mecanismo del repago”.

“Me felicito de haber tenido la oportunidad de ser presidente de este Instituto y haber podido recibir ese aliento y esa historia de (José) Macías que refleja que aquello que no tuvimos el coraje de hacer al principio hemos empezado a hacerlo ahora bajo la conducción de Mario Das Neves”, prosiguió.

FUTURO

Pérez Catán expresó su confianza en que esta metodología “continúe en el futuro porque es la única forma de garantizar que los futuros jubilados en el sector público en la Provincia del Chubut tengan lo que tienen hoy”.

“Este es el único distrito del país en la República Argentina que paga las jubilaciones dos días antes de que se termine el mes, al 82 % móvil y con movilidad directa. Eso no existe en la República Argentina y esperemos que en un futuro más bien cercano tengamos quien lo haga posible para todo el país”.

CONDENARON A DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN Y INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA AL EX INTENDENTE RUBEN FRI. El ex Secretario de Gobierno fue absuelto

En la Sala de Audiencias de la Oficina Judicial se llevo a cabo la lectura de sentencia en el marco del juicio por sustracción de caudales públicos e incumplimientos de los deberes del funcionario publico donde habían sido acusados el ex intendente de Río Mayo Rubén Fri y quien fuera su Secretario de Gobierno, Domingo Sola.


El Juez Dr. Daniel Pérez resolvió: Condenar a Rubén Carlos Fri a sufrir la pena de dos (2) años y seis (6) meses de prisión de cumplimiento condicional, mas la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua, por haber resultado autor penal y materialmente responsable del delito de peculado, dos hechos en concurso real, en relación a los hechos cometidos en la localidad de Río Mayo entre el 15 de enero y el mes de octubre del año 2008 y que damnificara la administración publica.


Asimismo, el magistrado dispuso absolver de culpa y cargo a Domingo Sola por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario publico por el que fuera requerido su juzgamiento


LOS HECHOS

Los hechos investigados son la sustracción de treinta mil setecientos cincuenta pesos de la esfera publica, correspondientes al Municipio de Río Mayo por parte de Rubén Fri, destinándolos a incrementar unilateralmente sus haberes y los de su Secretario de Gobierno, Tomas Sola.


Este hecho se habría verificado desde enero del año 2008 al mes de febrero del año 2009 con relación a Fri, y desde enero del año 2008 a mayo de ese mismo año con relación a Sola.


Para ello se habría dictado la Resolución nº 40/08 del Ejecutivo Municipal con fecha del 15 de enero del año 2008, donde fuera de sus legales atribuciones, resolvió establecer un concepto no contemplado en el presupuesto anual, a fin de incrementar sus ingresos, bajo el concepto de dedicación funcional en 1500 pesos.


También en la misma fecha dicto la resolución nº 41/08 donde resolvió establecer un concepto de adicional remunerativo y dedicación funcional en la suma de 700 pesos por el primer concepto y 1250 pesos por el segundo de ellos.


Estos importes habrían sido percibidos por los imputados, mensual y consecutivamente en los pagos de salarios que efectuá el municipio en los meses indicados.


Por su parte, el Secretario de Gobierno Sola, habría incumplido los deberes a su cargo como funcionario publico, al no impedir ni rechazar el cobro del adicional, por el periodo que se verifica desde enero a mayo del año 2008, fecha en la que renuncia, perjudicando de esta manera el correcto funcionamiento de la Administración Publica al violar las leyes especificas en la materia.


¿Qué dice el Código Penal?


Título III -

Condenación condicional


Art. 26.- En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena. Esta decisión deberá ser fundada, bajo sanción de nulidad, en la personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de libertad. El tribunal requerirá las informaciones pertinentes para formar criterio, pudiendo las partes aportar también la prueba útil a tal efecto.


Igual facultad tendrán los tribunales en los casos de concurso de delitos si la pena impuesta al reo no excediese los tres años de prisión.


No procederá la condenación condicional respecto de las penas de multa o inhabilitación.


Art. 27.- La condenación se tendrá como no pronunciada si dentro del término de cuatro años, contados a partir de la fecha de la sentencia firme, el condenado no cometiere un nuevo delito. Si cometiere un nuevo delito, sufrirá la pena impuesta en la primera condenación y la que le correspondiere por el segundo delito, conforme con lo dispuesto sobre acumulación de penas.


La suspensión podrá ser acordada por segunda vez si el nuevo delito ha sido cometido después de haber transcurrido ocho años a partir de la fecha de la primera condena firme. Este plazo se elevará a diez años, si ambos delitos fueran dolosos.


En los casos de sentencias recurridas y confirmadas, en cuanto al carácter condicional de la condena, los plazos se computarán desde la fecha del pronunciamiento originario.


Art. 27 bis.- Al suspender condicionalmente la ejecución de la pena, el tribunal deberá disponer que, durante un plazo que fijará entre dos y cuatro años según la gravedad del delito, el condenado cumpla todas o algunas de las siguientes reglas de conducta, en tanto resulten adecuadas para la prevención de nuevos delitos:


1º Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato.

2º Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas.

3º Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.

4º Asistir a la escolaridad primaria, si no la tuviere cumplida.

5º Realizar estudios o prácticas necesarios para su capacitación laboral o profesional.

6º Someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

7º Adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a su capacidad.

8º Realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo.

Las reglas podrán ser modificadas por el tribunal según resulte conveniente al caso.

Si el condenado no cumpliere con alguna regla, el tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido. Si el condenado persistiere o reiterare el incumplimiento, el tribunal podrá revocar la condicionalidad de la condena. El condenado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta por la sentencia.

(Nota: texto según Ley Nº 24.316)

Art. 28.- La suspensión de la pena no comprenderá la reparación de los daños causados por el delito y el pago de los gastos del juicio.

martes, 22 de junio de 2010

AGRADECEN A DAS NEVES POR LA CONSTRUCCIÓN DE PUENTE QUE PERMITIÓ INTEGRACIÓN DE LA COMUNIDAD ABORÍGEN DE EL CHALÍA CON EL RESTO DEL CHUBUT

La construcción del puente que en mayo del año pasado inauguró el gobernador Mario Das Neves y que permitió la integración de la comunidad tehuelche “El Chalía”, conformada por 70 familias, con el resto del territorio provincial, motivó el envío de cartas de agradecimiento al mandatario provincial de distintos lugares del Chubut.


La ejecución del puente de 32 metros que permitió superar la incomunicación terrestre por razones climáticas que, desde siempre, sufrieron los pobladores ese sector del sudoeste, fue destacada por Ana María Cornejo de Epuyén en una emotiva carta enviada al gobernador. “Después de años de pasar por la zona, sentí una grata satisfacción de ver concretada esa obra tan importante para la gente del lugar y para mí, ya no vivo en el lugar pero nací y me crié en El Chalía donde tengo mi tía abuela de 79 años y por intermedio del puente se facilitan muchas cosas, poder acceder con vehículos, ambulancia, etc. Agradezco muchísimo por tener presente a esa zona tan lejana de nuestra provincia que hoy ya no lo es”, le manifestó la vecina a Das Neves en el texto.


El mencionado puente fue inaugurado por el gobernador Das Neves a fines de mayo del año pasado y a partir de ese momento las 70 familias que conforman la comunidad tehuelche de “El Chalía, situada entre Ricardo Rojas y Lago Blanco, quedaron definitivamente integradas al resto del territorio provincial, tras años de pedidos y promesas incumplidas respecto a la obra.


Ese día también junto al puente que demandó una inversión de casi 1.900.000 pesos fue habilitado el camino de acceso de 17 kilómetros desde la ruta provincial nº 74 para el cual la Administración de Vialidad Provincial invirtió otro millón de pesos.


El arroyo El Chalía divide en dos a la población dispersa de la reserva, situación que en verano no ocasionaba dificultades pero sí en invierno dado que con el arroyo circulando a pleno impedía absolutamente el paso de una margen a la otra provocando el aislamiento de la población de la margen sur con el consiguiente impedimento de acceder a la asistencia sanitaria y otros servicios esenciales disponibles sólo a 19 kilómetros de distancia en la comuna rural de Ricardo Rojas.

Alumnos de 4° grado prometieron lealtad a la bandera

Como en todas las escuelas de la provincia, este domingo 20 en horas de la mañana los alumnos que cursan 4° grado prometieron la bandera.

Bajo la modalidad unificada instaurada desde el Ministerio de Educación del Chubut a raíz de conmemorarse el Bicentenario de la Patria los alumnos de las escuelas provinciales N° 72, 36 y 148 realizaron la Promesa de Lealtad a la Bandera Nacional y a la Provincial.

En cada uno de los establecimientos educativos se pudo apreciar el fuerte acompañamiento de los padres a tan simbólico acto. La ceremonias fueron precedidas de diferentes números artísticos alusivos a la fecha. La Intendente Municipal Paola Santos participo de la ceremonia realizada en la Escuela Provincial N° 148. Allí se entregaron recordatorios a los 14 alumnos que hicieron la promesa.

En tanto que en la Escuela Provincia N° 72 los casi 30 alumnos recibieron de manos de sus maestras los certificados que acreditan su promesa de lealtad.

Por su parte, la Escuela Hogar N° 36 preparo números artísticos, y una particular escenografía para darle un lugar preponderante a los 9 alumnos. Luego sendos reconocimientos y medallas fueron entregados por los padres y personal docente y no docente del establecimiento. Con un gran asado y una torta fueron agasajados los alumnos que prometieron defender y honrar el pabellón nacional junto sus padres en el comedor del establecimiento.


El momento más emotivo

Seguramente, para cada uno de los docentes, padres y familiares de los alumnos que prometían lealtad fue cuando los directivos de los respectivos establecimientos recitaban “Alumnos: la Bandera Blanca y Celeste - Dios sea loado- no ha sido jamás atada al carro triunfal de ningún vencedor de la tierra".

"Alumnos: esa bandera gloriosa representa la patria de los argentinos. Prometéis rendirle vuestro más sincero y respetuoso homenaje; quererla con amor intenso y formarle desde la aurora de la vida un culto fervoroso e imborrable en vuestros corazones; preparaos desde la escuela para practicar a su tiempo con toda pureza y honestidad las nobles virtudes inherentes a la ciudadanía; estudiar con empeño la historia de nuestro país y la de sus grandes benefactores a fin de seguir sus huellas luminosas y a fin también de honrar la Bandera y de que no se amortigüe jamás en vuestras almas el delicado y generoso sentimiento de amor a la Patria.

En una palabra, prometéis hacer todo lo que esté en la medida de vuestras fuerzas para que la bandera argentina flamee por siempre sobre nuestras murallas y fortalezas, a lo alto de los mástiles de nuestras naves y a la cabeza de nuestras legiones y para que el honor sea su aliento, la gloria su aureola, la justicia su empresa?". Y los alumnos al unísono, de pie y frente a la bandera contestaron: SI PROMETO.