miércoles, 30 de junio de 2010

El Dique Florentino Ameghino se sumó al Plan Provincial de Limpieza Urbana

El ministro de Ambiente firmó acta de adhesión con el jefe comunal

El ministro de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable del Chubut, Juan Garitano, suscribió con el jefe comunal del Dique Florentino Ameghino, Antonio Méndez, el acta de adhesión al Plan Provincial de Limpieza Urbana, sumándose de esta manera a la iniciativa que tiene como principal objetivo la minimización del impacto ambiental de los residuos en espacios públicos.

La firma del acuerdo, que contó con la presencia además del subsecretario de Desarrollo Social de la provincia, Federico Verdeau, formó parte de una “Jornada Ambiental” que incluyó una campaña de limpieza con voluntarios en distintos puntos de la comuna rural, la realización de un mural por parte de alumnos del secundario básico y un taller de educación ambiental para los docentes de la escuela nº 56.

En la oportunidad, y después de la firma del acta que se realizó en el salón de usos múltiples de la escuela, el titular de la cartera ambiental explicó los alcances del documento y valoró la posibilidad que “nos da este marco para trabajar en el cuidado de cada uno de nuestros lugares”, señalando que “acá en el Dique tienen un lugar que es muy visitado y todos ustedes tienen que cuidarlo”.

Cabe recordar que el Plan Provincial de Limpieza Urbana, iniciado en octubre de 2009 en diversas ciudades y localidades de la provincia, se sustenta en la legislación existente tanto en el Código Ambiental como la flamante Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos. Las ciudades de Rawson, Trelew y Comodoro Rivadavia como así también las localidades de Trevelin, Sarmiento, Río Mayo, Río Senguer, Paso de Indios y Los Altares, entre otras, han adherido a este plan y llevan adelante diversas acciones a favor del ambiente entre las que se destacan las jornadas de limpieza.

TAREA COMUNITARIA

El ministro Garitano destacó el valor de la participación de los vecinos como voluntarios en las distintas campañas de limpieza y actividades que propone el plan e indicó que “para el cumplimiento del programa, no se suman agentes provinciales sino que se aportan los elementos de seguridad necesarios, mientras que cada municipio dispone dónde se realizarán las actividades y convoca a los vecinos” e insistió en que “hay que activar el voluntariado en una tarea que es comunitaria y que de alguna manera, cuando nuestros barrios y lugares comunes no tienen condiciones de limpieza nos molesta a todos” .

El Plan Provincial de Limpieza Urbana tiene como objetivo fundamental lograr una mayor concientización de la comunidad involucrándose en los temas ambientales en general y la disposición de residuos sólidos urbanos en particular, desplegando acciones de educación ambiental que incluyen charlas informativas, campañas de limpieza y entrega de bolsas de fiselina (para compras) para los voluntarios participantes.

Trelew y Río Mayo: dos asesinatos que quedaron impunes

Un Tribunal integrado por los jueces Jorge Criado Arrieta, Ricardo Raúl Rolón y Alejandro Rosales, resolvió absolver a la pareja integrada por Eva Romero (40) y Ricardo Conchillo (51) acusados como presuntos autores de la muerte y descuartizamiento de un peón rural de Río Mayo.
El pedido de absolución fue realizado por el Ministerio Público Fiscal, al no contar con las pruebas suficientes para reclamar la responsabilidad penal y la prisión perpetua, como era su pretensión. Con ese resultado, el matrimonio consiguió finalmente la libertad y ya no podrá ser juzgado por el mismo delito.
Se debe recordar que el matrimonio fue juzgado por el homicidio del peón rural de Río Mayo, Claudio Choiquepán, quien apareció descuartizado el 1 de febrero de 2009 a la vera del río de ese pueblo.
Con relación a la audiencia de debate se indicó que los testigos que declararon en el juicio, no ratificaron los testimonios ofrecidos al inicio de la investigación, cambiaron sus versiones y dijeron que no recordaban ninguna cuestión con relación al hecho, dejando sin pruebas contundentes a la Fiscalía.
Así las cosas, esta situación permitió beneficiar con la duda al matrimonio acusado. Se debe recordar que al principio de la causa, cuando se efectuaron las detenciones del matrimonio acusado, sus hijos y un vecino, la mujer le dijo a los investigadores que había sido su marido quien mató a Choiquepán, aunque más adelante amplió su declaración asegurándoles que ella no estuvo presente en el hecho y que lo sabía porque se lo contó su marido. En el juicio se reprodujo ese testimonio porque la acusada se negó a declarar. De todas formas no fue suficiente.
La investigación se inició cuando las extremidades y la cabeza del infortunado trabajador rural, aparecieron el 1 de febrero en un medio tambor de 200 litros, a la orilla de río Mayo y fueron unos pescadores quienes descubrieron el macabro hallazgo.
En este contexto, se sostuvo que ya existían rumores sobre los presuntos autores y un testigo afirmó haber escuchado al hijo del imputado atribuirle el hecho a su padre.
Entre las hipótesis sobre el móvil del homicidio, se especuló con la intención del matrimonio de quedarse con la casa que ocupaban, la cual le pertenecía a la víctima y ya les había advertido que tenían que devolvérsela.
En este sentido, se supo que la pareja, acudió al Juzgado de Paz para firmar un documento que les otorgara derechos sobre el inmueble y también a la cooperativa del pueblo para poner los servicios básicos a su nombre, sin embargo nada de ello consiguieron.

El Tribunal absolvió al único imputado

Los jueces Fabio Monti, Ana Laura Servent y Alejandro Defranco dieron a conocer la mañana de ayer el veredicto por el cual dictaminaron la absolución de Juan Olivera, único imputado por el homicidio de José Soto, el comerciante del barrio Inta asesinado de un disparo el 23 de noviembre del año pasado. El tribunal dispuso su inmediata libertad, luego de siete meses de detención.
Los jueces consideraron que fue acreditada con certeza el modo y la materialidad como se produjo la agresión con un arma de fuego contra José Soto. Según el Cuerpo Colegiado el atacante ingresó en dos oportunidades a comprar cerveza, antes de producir el hecho principal. En la tercera ocasión solicitó la presencia de Soto, le recriminó haber tratado mal a su madre y luego le disparó.
Los argumentos

Sin embargo, en cuanto a la autoría del hecho, los jueces manifestaron que la parte acusadora tuvo en cuenta el testimonio de Lencinas, empleado en el comercio y testigo presencial del hecho. Pero los magistrados pusieron en duda la verosimilitud y solidez de sus declaraciones, al indicar en una primera instancia que quien disparó era hijo de Marta, para más adelante, ante indicaciones de otra persona, advertir que no era tal, sino el hijo de Pedro Olivera.
En el veredicto, el Tribunal señaló que a Olivera se lo involucra a partir de llamados anónimos efectuados a dependencias policiales, y llama la atención que Lencinas se presenta luego de esto en sede de la policía, para explicar que se trataba de Olivera y no de López, el hijo de Marta. También pusieron énfasis en el lapso prolongado de tiempo, aproximadamente un minuto, que le llevó contestar la pregunta de fiscalía sobre si tenía dudas que el agresor era el detenido.
En lo que respecta a López, quien había sido detenido por este caso, dijeron que en su domicilio en barrio Constitución se encontraron cuatro camisetas de River, ropa con la que iba vestido quien mató a Soto, según los testimonios, y tuvieron en cuenta un celular peritado con mensajes que daban cuenta de la existencia de un fierro debajo de un colchón.
Ante todo lo dicho los jueces determinaron la absolución de Olivera por el delito de homicidio simple, existiendo el principio constitucional de la duda. La sentencia será leída en forma completa el martes 6 de julio a las 13.

Publicado por: Diario Jornada