jueves, 5 de mayo de 2011

Este fin de semana carreras cuadreras


Organizada por la comisión del cuerpo de gauchos y fiestas hípicas de Río Mayo, se programaron para este fin de semana carreras cuadreras en nuestra localidad. El programa que promete interesantísimas competencias comenzara desde las 14:00 horas. Este cronograma será el último antes del receso invernal. La entrada tendrá un valor de $10,00.


Por otra parte son auspiciosas las intenciones que tiene la nueva comisión hípica que oportunamente viene impulsando desde el Concejo Deliberante de Río Mayo el otorgamiento de un terreno con el fin de instaurar la primer fiesta regional en el mes de noviembre y a su vez el traslado de lugar. Según se supo, el proyecto está bastante avanzado en el tratamiento legislativo y la viabilidad seria casi un hecho. Tal es así que ya contarían con la maquinaria necesaria para aprovechar la humedad del terreno en el receso invernal.


Cabe recordar que el pasado fin de semana la mencionada comisión realizo un campeonato de truco el que tuvo como ganadores a la pareja integrada por Rafael Britez – Omar Mondragón quienes recibieron como premio un capon, en tanto que la mesa servida fue para la pareja de Juan Carlos Alan – Miguel Alan.


El campeonato congrego a unas 14 parejas quienes desde las 21:00 horas y hasta pasadas las 03:00 del día domingo disputaron los premios en danza. Entre tanto la organización informo que continuara realizando este tipo de eventos a los que sumara peñas folklóricas y lotería familiar con venta de empanadas.


Finalmente se hizo saber que esta noche por la pantalla de cablecanal presentaran el balance, tanto de la comisión actual como de la anterior.


REGLAMENTO DE CARRERAS CUADRERAS:




1. Los caballos deberán ingresar a la rotonda 45 minutos antes del horario que indica el programa para cada carrera. Caso contrario serán distanciados sin ningún atenuante por la comisión de carreras, perdiendo el deposito



2. Los fallos de los jueces serán inapelables. La comisión no se responsabiliza de los accidentes que puedan ocurrir durante el desarrollo de las prueba.



3. Se advierte al publico que no destruya los boletos hasta que no se de la información oficial de la carrera. Todo boleto roto, cortado o sucio que impida reconocer un solo de los signo de controlador con que ha sido marcados, “NO SE PAGARA”.



4. Quedan absolutamente prohibidas las apuestas mutuas, las que no tendrán valor alguno.



5. Los boletos se pagaran al portador, sin atenderse reclamos en caso de pérdida o sustracción.

"yo nunca había estado en política, esto no va a volver a pasar y fue un error de mi parte haber estado en este hecho", reconoció Miguel Silva.

En la sala de audiencias de la oficina judicial de Sarmiento se realizo un juicio oral y público en el marco de una causa por atentado agravado por haber sido cometido en una reunión de más de tres personas, donde resulto imputado Miguel Ángel Silva (35). El juez del debate fue el Dr. Daniel Pérez, en tanto la fiscalía fue representada por el Dr. Raúl Coronel y la defensa pública por el Dr. Juan Maidana. El acusado fue condenado a la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional.


La audiencia de debate se desarrollo con el procedimiento de juicio abreviado, donde el acusado debe reconocer la existencia de los hechos, su participación y aceptar la pena propuesta por las partes.


En este contexto, el magistrado explico al imputado las características de este procedimiento de juicio abreviado que se propuso mediante un acuerdo entre el ministerio público fiscal y la defensa pública.


Así las cosas, Miguel Silva reconoció los hechos investigados, su participación en los mismos y la aceptación de la pena propuesta, agregando que "me hago cargo de que estuve en los disturbios, hice canticos y forceje con la policía" y aseguro que "yo nunca había estado en política, esto no va a volver a pasar y fue un error de mi parte haber estado en este hecho".


Finalmente el juez Pérez resolvió condenar a Miguel Ángel Silva a la pena de 1 año y seis meses de prisión de ejecución condicional por hallarlo autor penalmente responsable del delito de atentado agravado por haber sido cometido en una reunión por más de tres personas y fijo como reglas de conducta que el imputado deberá presentarse cada tres meses ante el servicio de patronato de liberados.


LOS HECHOS


Los hechos investigados son los ocurridos el día 01 de Julio del año 2.009, alrededor de las 20:00 hs, en momentos en que el imputado se encontraba junto a otras aproximadamente cuarenta personas más, en el interior del recinto del Concejo Deliberante de la localidad de Río Mayo, ubicado en calle Belgrano entre Rivadavia e Hipólito Irigoyen.


En la oportunidad, al momento de dar inicio a la sesión, estas personas con cánticos en alta voz, habrían impedido reiniciar la reunión del día, con la que se levantaría el cuarto intermedio resuelto del día 26 de Junio de 2.009.


Ante esta situación la Presidenta del Concejo resolvió un cuarto intermedio y trasladarse al primer piso para efectuar la sesión a puertas cerradas, mientras personal policial custodiaba el acceso.


En este contexto, se indico que esta determinación provoco que las personas reunidas se agolpen contra la policía, profiriendo insultos y amenazas tanto a concejales como a funcionarios policiales.


Por último se sostuvo que cuando la policía procedió al desalojo, el imputado se resistió forcejeando, arrojando golpes de puños y patadas, contra los uniformados.